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El Gobierno dispuso hoy el fin de las funciones como director del Banco Central (BCRA) de Juan Miguel Cuattromo, hombre considerado cercano al ex ministro de Economía Axel Kicillof, quien fuera nombrado el año pasado, por "razones de ilegitimidad".
Lo hizo a través de un decreto, publicado hoy en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Mauricio Macri y del ministro de Hacienda, Alfonso Prat-Gay, en el que se argumenta que Cuattromo reemplazó a un ex director del BCRA que había renunciado el año pasado y que, por ende, debía completar ese mandato.
El decreto cuestiona otro, elaborado por el gobierno anterior, que luego fue elevado al Senado para su corroboración, el cual estipulaba que el mandato de Cuattromo se extendía entre el 13 de octubre del 2015 al 6 de setiembre de 2021, y argumenta su desplazamiento en "razones de ilegitimidad".
La norma firmada por Macri y Prat-Gay interpreta que Cuattromo ingresó al directorio en reemplazo del ex miembro de ese cuerpo Waldo José Farías, que se desempeñó en ese cargo desde el 22 de setiembre de 2010 hasta su renuncia en 2015.
El decreto puntualiza que la función de los ocho directores de la Autoridad Monetaria se extiende por un período de seis años, con un mecanismo de renovación "escalonada”, contemplado en la Carta Orgánica del BCRA, y que en caso de que alguno se reemplazado por cualquier causa, quien lo sustituya debe completar el período que tenía su antecesor.
Así, en los considerandos del decreto se puntualiza que "el licenciado Juan Miguel Cuattromo ocupó el cargo que quedara vacante con motivo de la renuncia del contador Farías y en consecuencia su designación debió efectuarse para completar el período de ley del director saliente, de conformidad con lo dispuesto en la Carta Orgánica y de acuerdo con los términos expuestos en los restantes decretos que, en fechas cercanas, designaron a los restantes directores de la Institución”.
Además, se indica que "la citada referencia temporal al plazo de vigencia de la designación del mencionado director importa el intento de alterar la programación de los mandatos y renovación de estos cargos, prevista por la Ley N° 24.144, contrariando frontalmente su régimen y los objetivos por los que se adoptó, configurando a la par una modificación reglamentaria a la norma legal, contraria en forma manifiesta al bloque de legalidad constitucional”.