Locales
13 de Enero, 2018
La OMIC atiende gran cantidad de casos por imposibilidad de dar de baja servicios
08:04 | Debido a la gran cantidad de consultas, quejas y reclamos ante la imposibilidad de los usuarios solicitar “bajas” de algunos servicios, la Oficina Municipal de Información al Consumir informa a las empresas que deben dar cumplimiento a lo previsto en la Ley de Defensa al Consumidor, Nº 24.240.

Desde esa repartición comunal detallaron que los casos más frecuentes están relacionados a televisión por cable, televisión satelital y telefonía fija y móvil.

Resaltaron que la ley 24.240, en su artículo 10, se refiere a las formas de rescindir el contrato. El cliente tiene la facultad y libertad de elegir la manera de solicitar la rescisión del vínculo contractual mediante el mismo mecanismo utilizado para la contratación, haya sido en forma telefónica, electrónica, o de otra manera. La empresa en cuestión deberá enviar sin cargo al domicilio del consumidor una constancia de la baja dentro de las 72 horas posteriores a la recepción del pedido de rescisión.

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Además, la ley prohíbe el cobro anticipado, o preaviso por parte de la firma que brinda el servicio, en los casos de pedido de baja del mismo.

Asimismo, es posible dar la baja al servicio aun cuando hubiere deuda con la Empresa.

La intención de la ley es evitar que las empresas de manera burocrática pongan trabas e impidan la baja del contrato.

Actualmente la OMIC, dependiente de la Dirección de Relaciones con la comunidad de la Secretaría Legal y Técnica, se encuentra evaluando acciones a seguir, teniendo en cuenta la cantidad de reclamos y denuncias, en el marco de la ley 13.133. Eta normativa, en su artículo 71, faculta a esta autoridad de aplicación a disponer medidas técnicas, tales como realización de inspecciones o tomar audiencias a los responsables, en pos de verificar el cumplimiento de la ley.

Por último recomendaron que al momento de solicitar la cancelación de un servicio es importante que el cliente recuerde anotar datos necesarios como el día y la hora del llamado, el nombre de la operadora que atendió, y solicitar el número de gestión de la baja. A su vez, si la solicitud se realiza personalmente en una sucursal es una opción más que interesante que el consumidor lleve una nota por duplicado escrita a mano firmada, con los datos personales, y con la manifestación de solicitud de baja del servicio.

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